Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la Patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo nacional. Los ciudadanos por naturalización son libres de prestar o no este servicio por el término de diez años contados desde el día en que obtengan su carta de ciudadanía.
Qué significa en la práctica
Los ciudadanos argentinos de nacimiento tienen de defender la Patria con las armas si el Estado así lo requiere, según las leyes que dicte el Congreso. Los naturalizados tienen una exención de 10 años desde que obtienen la ciudadanía. El servicio militar obligatorio, que existió hasta 1994, tenía su base constitucional en este artículo.
Ejemplo práctico
Argentina suspendió el servicio militar obligatorio en 1994 tras la muerte del soldado Omar Carrasco. Esa suspensión fue por ley, no por reforma constitucional; la obligación constitucional del art. 21 sigue vigente pero inactiva.
Efectos prácticos
•El servicio militar obligatorio está constitucionalmente autorizado
•El servicio militar fue suspendido por Ley 24.429 (1994), no derogado
•Los naturalizados tienen 10 años de exención
•El Congreso y el Ejecutivo regulan cómo se hace efectiva la obligación