Ley 24.430

Artículo 34Empleos incompatibles

Texto oficial

Los jueces de las cortes federales no podrán serlo al mismo tiempo de los tribunales de provincia. Las funciones de senador, diputado, o comisionado de la Nación, son igualmente incompatibles con las funciones de empleado o comisionado del Poder Ejecutivo Federal.

Qué significa en la práctica

Dos incompatibilidades importantes: (1) Un juez federal no puede ser simultáneamente juez provincial — la independencia judicial exige separación entre los dos fueros. (2) Los legisladores (diputados o senadores) no pueden ser a la vez empleados o funcionarios del Poder Ejecutivo. Esto protege la división de poderes y evita conflictos de interés.

Ejemplo práctico

Si un senador nacional quisiera aceptar al mismo tiempo un cargo como Secretario de Estado en el Ministerio de Economía, debería renunciar a uno de los dos cargos porque son constitucionalmente incompatibles.

Efectos prácticos

  • Un juez de la Cámara Federal no puede integrar también la Suprema Corte de una provincia
  • Un diputado nacional no puede tener un cargo remunerado en el Ejecutivo
  • Protege la independencia del Poder Judicial y la del Legislativo
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