Ley 11.672

Artículo 166Sentencias contra empresas del Estado

Texto oficial

Las sentencias judiciales no alcanzadas por la Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación), en razón de la fecha de la causa o título de la o por cualquier otra circunstancia, que se dicten contra las Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, Sociedades de Economía Mixta, Empresas del Estado y todo otro ente u organización empresaria o societaria donde el ESTADO NACIONAL o sus entes de cualquier naturaleza tengan participación total o parcial, en ningún caso podrán ejecutarse contra el TESORO NACIONAL, ya que la se limita a su aporte o participación en el capital de dichas organizaciones empresariales. .

Qué significa en la práctica

Las sentencias contra las sociedades y empresas del Estado no pueden ejecutarse contra el Tesoro: la responsabilidad se limita al aporte del Estado en su capital.

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