Texto oficial
Los remanentes de los recursos originados en la prestación de servicios adicionales, cualquiera fuera su modalidad, cumplimentados por la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, podrán ser incorporados a los recursos del ejercicio siguiente del Servicio Administrativo Financiero 382 - Policía de Seguridad Aeroportuaria, para el financiamiento del pago de todos los gastos emergentes de la cobertura del servicio. .