Artículo 33Asignaciones familiares del personal estatal
Texto oficial
El TESORO NACIONAL transferirá a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) los recursos necesarios para afrontar el pago de las asignaciones familiares del personal que preste servicios bajo en los organismos que conforman la Administración Nacional definida en el inciso a) del Art. 8 — Administración Financiera y sus modificatorias, incluyendo las universidades nacionales, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nº 1.668 de fecha 12 de septiembre de 2012. Las Empresas y Sociedades del Estado, y Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, comprendidos en los incisos b) y c) del Art. 8 — Administración Financiera y sus modificatorias, financiarán con recursos propios las asignaciones familiares percibidas por su personal en forma directa a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). .
Qué significa en la práctica
El Tesoro transfiere a la ANSES los recursos para pagar las asignaciones familiares del personal de la Administración Nacional; las empresas del Estado las financian con recursos propios.