Ley 11.672

Artículo 7Ayudas sociales de Presidencia

Texto oficial

Exceptúase a la PRESIDENCIA DE LA NACION de las disposiciones de la Ley 17.502 a fin de que con los créditos asignados en la Categoría Programática 1 - Actividades Centrales - Inciso 5 Transferencias, pueda realizar gastos referidos a ayudas sociales, a personas o a instituciones de enseñanza, culturales y sociales, sin fines de lucro. Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL para dictar las normas de procedimiento relacionadas con lo dispuesto en el presente artículo. .

Qué significa en la práctica

Exceptúa a la Presidencia de ciertas restricciones para realizar gastos de ayuda social a personas e instituciones sin fines de lucro.

Normas relacionadas

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