Ningún funcionario y ningún empleado, tanto de las Jurisdicciones como de las Entidades del SECTOR PUBLICO NACIONAL podrá percibir su emolumento o , sin que previamente lo haya percibido el inmediato jerárquico inferior. .
Qué significa en la práctica
Ningún funcionario o empleado puede percibir su sin que antes lo haya percibido su inmediato jerárquico inferior.