Ley 23.427

Artículo 4Gestión de préstamos con cargo al Fondo

Texto oficial

Para el mejor cumplimiento de las finalidades establecidas en la presente ley la Secretaría de Acción Cooperativa podrá gestionar y recibir préstamos con cargo a los ingresos del Fondo de las instituciones crediticias del sistema bancario oficial.

Qué significa en la práctica

Permite a la gestionar y recibir préstamos de las instituciones crediticias del sistema bancario oficial, con cargo a los ingresos del Fondo, para cumplir mejor las finalidades de la ley. Es una herramienta de anticipo financiero: permite ejecutar programas antes de que ingrese la recaudación que los respalda.

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