Ley 23.697

Artículo 18Devolución de las solicitudes en trámite

Texto oficial

Las solicitudes de aprobación de inversiones extranjeras en trámite por ante el Poder Ejecutivo Nacional y/o de la deberán ser reintegradas a sus interesados.

Qué significa en la práctica

Los pedidos de aprobación de inversión que estaban en trámite se devuelven a los interesados. Ya no hay nada que aprobar.

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