Ley 23.697

Artículo 25Ampliación del financiamiento y del resultado del ejercicio

Texto oficial

Como consecuencia de lo establecido en el artículo , el Poder Ejecutivo Nacional queda facultado para ampliar, en el caso que corresponda, la necesidad de financiamiento, el financiamiento y el resultado del ejercicio estimado por los Art. 4 — Ley 23.659 y sus modificaciones. Asimismo podrá alterar el monto máximo fijado por el artículo 14 de la citada Ley N. 23.659 y sus modificaciones para hacer uso, transitoriamente, del crédito a que se refiere el artículo 42 de la Ley de Contabilidad o para realizar las operaciones de financiamiento transitorias que considere convenientes.

Qué significa en la práctica

Consecuencia contable del artículo anterior: si se amplían los gastos, hay que poder ampliar también la necesidad de financiamiento y el resultado estimado del ejercicio.

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