Ley 24.050

Artículo 15Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital

Texto oficial

Los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital conocerán en los casos establecidos en el Art. 32 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal.

Qué significa en la práctica

Los Tribunales Orales en lo Criminal Federal con sede en la Capital juzgan en los casos que fija el Art. 32 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal, es decir, el de los delitos federales instruidos por los juzgados criminales y correccionales federales de la Capital.

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