Ley 24.522

Artículo 226Efectos del pedido

Texto oficial

Efectos del pedido. La petición sólo interrumpe el trámite del concurso, cuando se cumplen los requisitos exigidos. El juez puede requerir el depósito de una suma, para satisfacer el crédito de los acreedores verificados que, razonablemente, no puedan ser hallados, y de los pendientes de resolución judicial. Al disponer la conclusión de la quiebra, el juez determina la garantía que debe otorgar el deudor para asegurar los gastos y costas del juicio, fijando el plazo pertinente. Vencido éste, siguen sin más los trámites del concurso.

Qué significa en la práctica

El pedido de avenimiento solo interrumpe el trámite si se cumplen todos los requisitos. El juez puede exigir un depósito para los acreedores verificados que no puedan ser hallados y los pendientes de resolución, y una garantía por los gastos.
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