Reserva de gastos. Antes de pagar los créditos que tienen privilegios especiales, se debe reservar del precio del bien sobre el que recaen, los importes correspondientes a la conservación, custodia, administración y realización del mismo efectuados en el concurso. También se calcula una cantidad para atender a los gastos y honorarios de los funcionarios del concurso, que correspondan exclusivamente a diligencias sobre tales bienes.
Qué significa en la práctica
Antes de pagar a los acreedores con privilegio especial, se reserva del precio del bien lo gastado en su conservación, custodia, administración y venta, más una parte para los honorarios de los funcionarios por las diligencias sobre ese bien.