Concepto. A los efectos de esta ley se consideran pequeños concursos y quiebras aquellos en los cuales se presente, en forma indistinta cualquiera de estas circunstancias: 1. Que el pasivo denunciado no alcance el equivalente a trescientos (300) salarios mínimos vitales y móviles. 2. Que el proceso no presente más de veinte 20) acreedores quirografarios. 3. Que el deudor no posea más de veinte (20) trabajadores en sin necesidad de declaración judicial.
Qué significa en la práctica
Se consideran "pequeños concursos y quiebras" aquellos en los que se dé cualquiera de estas circunstancias: pasivo denunciado menor a 300 salarios mínimos, no más de 20 acreedores quirografarios, o no más de 20 trabajadores en .