Efectos de la interposición. La interposición del recurso no impide la prosecución del proceso, salvo en cuanto importe disposición de bienes y sin perjuicio de la aplicación del Artículo 184.
Qué significa en la práctica
Interponer el recurso no frena el proceso de quiebra, salvo en lo que implique disposición (venta) de bienes.