Artículo 4Derogacion de las facultades sobre creditos no comprometidos
Texto oficial
Queda derogada toda facultad de origen legal para la utilización de créditos no comprometidos, acordada al Poder Ejecutivo nacional o a los organismos de su , a la finalización de cada ejercicio, en períodos siguientes, a excepción de lo autorizado en el presupuesto del año 1992.
Qué significa en la práctica
Deroga toda facultad de origen legal que permitiera al Ejecutivo o a sus organismos usar en ejercicios siguientes los creditos no comprometidos al cierre de cada ejercicio, con la sola excepcion de lo autorizado en el presupuesto de 1992. Cierra la puerta a arrastrar saldos: lo que no se gasto en el ano, se pierde.