Ley 24.629

Artículo 4Derogacion de las facultades sobre creditos no comprometidos

Texto oficial

Queda derogada toda facultad de origen legal para la utilización de créditos no comprometidos, acordada al Poder Ejecutivo nacional o a los organismos de su , a la finalización de cada ejercicio, en períodos siguientes, a excepción de lo autorizado en el presupuesto del año 1992.

Qué significa en la práctica

Deroga toda facultad de origen legal que permitiera al Ejecutivo o a sus organismos usar en ejercicios siguientes los creditos no comprometidos al cierre de cada ejercicio, con la sola excepcion de lo autorizado en el presupuesto de 1992. Cierra la puerta a arrastrar saldos: lo que no se gasto en el ano, se pierde.

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