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Ley de Tarjetas de Crédito
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Art. 24
Ley 25.065
Artículo 24
Domicilio de envío del resumen
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Texto oficial
Domicilio de envío del resumen. El emisor deberá enviar el resumen al domicilio que indique el titular en el
contrato
o el que con posterioridad fije fehacientemente.
Qué significa en la práctica
El resumen se envía al domicilio que el titular haya indicado.
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