Ley 25.157

Artículo 8Restitución de los créditos de Ayuda Social y del Instituto Malbrán

Texto oficial

Déjase sin efecto desde la fecha de su publicación, el ajuste en los créditos detallados en las planillas anexas al artículo 1º del decreto Nº 455 de fecha 29 de abril de 1999 para la 20 - 12 - Secretaría de Desarrollo Social, Programa 20, Partida parcial 514 - Ayudas Sociales a personas y para la entidad 906 - Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos Malbrán, por los totales correspondientes a los Incisos 1 - Gastos en Personal, 3 - Servicios No personales y 4 - Bienes de Uso.

Qué significa en la práctica

Deja sin efecto, desde su publicación, el recorte que el decreto 455/99 había aplicado a dos áreas sensibles: la partida 514 de Ayuda Social a Personas del Programa 20 de la Secretaría de Desarrollo Social, y los gastos en personal, servicios no personales y bienes de uso de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos Malbrán. Este artículo no fue observado: rige.

Normas relacionadas

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