Artículo 30Acción de protección de datos (habeas data) — competencia
Texto oficial
ARTICULO 30. — 1. La acción de tramitará según las disposiciones de la Ley 16.986, en lo que no sea modificado por la presente. 2. Cuando la acción sea iniciada por personas jurídicas, no será de aplicación el procedimiento establecido en la Ley 16.986, sino el que corresponda según la naturaleza de la cuestión planteada. 3. En el caso de los archivos o bancos de datos públicos, la acción se entenderá como dirigida contra el Estado, el que será el responsable del procedimiento. 4. Cuando la acción sea dirigida contra una entidad privada, y ésta invoque la confidencialidad de la información que se le requiere, el juez podrá tomar conocimiento personal y directo de los datos solicitados, asegurando su confidencialidad.
Qué significa en la práctica
El se tramita por el proceso de (Ley 16.986). Si la empresa demandada dice que los datos son confidenciales, el juez puede revisarlos él mismo sin revelarlos al público. Contra organismos públicos, el demandado es el Estado.
Ejemplo práctico
Una empresa que inicia habeas data para conocer datos que una base tiene sobre ella usa el proceso ordinario, no el amparo simplificado.
Efectos prácticos
•El habeas data es una acción rápida similar al amparo.
•El juez puede conocer los datos privadamente si la empresa alega confidencialidad.
•Para personas jurídicas (empresas) que piden habeas data, aplica el proceso ordinario, no el amparo.