Artículo 3Convocatoria a elecciones junto con las nacionales
Texto oficial
El Interventor Federal deberá convocar a elecciones para autoridades provinciales y municipales, si correspondiere, el mismo día que fije el Gobierno Federal para la elección de legisladores nacionales.
Qué significa en la práctica
Obliga al Interventor Federal a llamar a elecciones de autoridades provinciales y municipales el mismo día que el Gobierno Federal fije para elegir legisladores nacionales. Atar ambos calendarios evita que la fecha de salida de la intervención quede librada al criterio del propio interventor.