Volver al listado

Ley 25.401

VigenteNacional

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2001

Sanción:12 de diciembre de 2000BO:4 de enero de 2001Ver fuente oficial
1 reforma — ver historial
2000Texto original
2002Ley 25.678vigente

La Ley 25.678 derogó los párrafos segundo y tercero del artículo 73.

120artículos
1modif.
presupuesto nacionalsolvencia fiscaldéficit fiscalcrédito públicoinembargabilidad de fondos públicospensiones graciables
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la última ley de presupuesto de la convertibilidad antes de la crisis de 2001. Fija gastos por $ 51.232.366.227 y recursos por $ 46.412.634.042, con un déficit previsto de $ 4.819.732.185 que se cubre con endeudamiento. Su interés real no está en los números del ejercicio, que ya está cerrado, sino en tres decisiones estructurales. Primero, los artículos 86 y 87 sustituyen los incisos b) y c) del Art. 2 — Ley 25.152 de Solvencia Fiscal y corren el sendero de déficit: habilitan hasta $ 7.000 millones de rojo en 2001 y postergan el equilibrio financiero a 2005. Segundo, el Art. 25 — Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas, que garantizaba un piso de presupuesto para la reestructuración de las Fuerzas Armadas. Tercero, el artículo 116 incorpora catorce de sus artículos a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Complementaria Permanente de Presupuesto, con lo que reglas como la inembargabilidad de fondos públicos (arts. 94 a 96) sobreviven al cierre del ejercicio. Fue promulgada parcialmente por el Decreto 1303/2000: nueve artículos fueron observados en su totalidad y otros seis, en parte.

Objetivo

Aprobar el cálculo de gastos y recursos del Estado nacional para el ejercicio 2001 y fijar las reglas de ejecución de ese presupuesto.

Problema que resuelve

La Constitución exige que el Congreso fije anualmente el presupuesto de gastos y recursos. Sin esa ley, la administración no tiene autorización para gastar ni para endeudarse. En 2001 el problema era además de fondo: las metas de déficit que la Ley 25.152 había fijado en 1999 eran incumplibles con la recesión en curso, y el Congreso optó por reescribirlas en lugar de incumplirlas.

A quiénes alcanza

administración pública nacionalprovinciasacreedores del Estadobeneficiarios previsionalesuniversidades nacionalesfuerzas armadas y de seguridad
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Jefe de Gabinete debe distribuir los créditos de la ley e informar al Congreso, dentro de los 30 días corridos de publicada la distribución, la incorporación de los fondos fiduciarios (art. 33).
  • Los responsables y agentes fiduciarios de fondos integrados con bienes del Estado deben presentar a la Secretaría de Hacienda la información presupuestaria, contable y financiera que ésta requiera (arts. 33 y 34).
  • El PAMI debe informar mensualmente a las Comisiones de Salud y de Presupuesto y Hacienda del Congreso y a la Secretaría de Hacienda la evolución de sus estados contables y su ejecución presupuestaria, y trimestralmente el estado de deudas y créditos (art. 64).
  • Las jurisdicciones y entidades no pueden cubrir cargos vacantes financiados salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete (art. 21).
  • Las provincias que reciben los fondos del subsidio al gas patagónico no pueden gravar con impuestos provinciales ni tasas municipales los consumos ni el uso de espacios públicos (art. 29).
  • El Poder Ejecutivo debe destinar a reducir el déficit los mayores ingresos tributarios que se produzcan por sobre lo estimado (art. 93).

Derechos que reconoce

  • Quien tiene una judicial firme por reajuste previsional cobra según un orden de prelación legal que prioriza a los beneficiarios de mayor edad y respeta el orden cronológico de (arts. 50 y 51).
  • Los inversores de proyectos promovidos por las Leyes 21.608, 22.021, 22.702 y 22.973 que hayan cumplido al menos el 70% de la inversión comprometida pueden cancelar anticipadamente sus obligaciones fiscales diferidas, con el beneficio exento del impuesto a las ganancias (art. 43).
  • Quien se acoge a un régimen de presentación espontánea o de regularización y regulariza la totalidad de sus obligaciones no es denunciado penalmente, y si ya lo fue, el Ministerio Público Fiscal desiste de la pretensión punitiva (art. 73).
  • Los consumidores residenciales de gas de la región patagónica mantienen tarifas diferenciales subsidiadas (art. 29).
  • Las asociaciones de defensa del reconocidas por la Ley de Defensa del Consumidor reciben un crédito de $ 250.000 (art. 111).

Casos de uso

  • Reconstruir cómo se corrió la meta de déficit cero de la Ley 25.152 en la antesala de la crisis de 2001.
  • Entender por qué una firme contra el Estado no se puede ejecutar de inmediato: la inembargabilidad de los arts. 94 a 96, incorporados a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, sigue vigente.
  • Rastrear el origen de la 5ta. Serie de Bonos de Consolidación y sus condiciones de emisión y amortización.
  • Verificar el régimen de incompatibilidades de las pensiones graciables otorgadas por el Congreso.
  • Documentar la suspensión del piso presupuestario de la reestructuración de las Fuerzas Armadas.

Preguntas frecuentes

Formalmente no fue derogada, pero su efecto principal está agotado: el ejercicio 2001 cerró hace más de veinte años y las partidas ya se ejecutaron. Lo que sí sigue vigente es lo que su artículo 116 incorporó a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Complementaria Permanente de Presupuesto: los artículos 8, 12, 25, 34, 60, 62, 71, 73, 74, 75, 94, 95 y 96. Esas reglas no se agotan con el ejercicio.