Resumen ejecutivo
Ocho artículos que reordenan la relación financiera entre la Nación y las provincias en el peor momento de la crisis de 2001-2002. El artículo 1 ratifica el acuerdo del 27 de febrero de 2002; el artículo 2 elimina las garantías de suma fija sobre los envíos a las provincias, que se reemplazan por la distribución de un porcentaje de la recaudación efectiva; el artículo 3 deja sin efecto cláusulas del Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal y de la Ley de distribución de la Ganancia Mínima Presunta y del impuesto a los intereses; el Art. 5 — Impuesto al Cheque y asigna el 70% del impuesto al cheque al Tesoro Nacional, dejando el 30% restante para la masa coparticipable; el artículo 6 deroga la Ley de Limitación de Afectaciones y el artículo 7 fija la aplicación desde el 1 de marzo de 2002. Sancionada el 10 de abril de 2002, fue promulgada de hecho el 3 de mayo de 2002 (Art. 80 — Constitución Nacional).Objetivo
Reemplazar el esquema de garantías de transferencias fijas a las provincias -inviable con una recaudación en derrumbe- por un reparto proporcional de la recaudación efectiva, ordenar la refinanciación de la deuda provincial y establecer compromisos de reducción del déficit, todo en el marco del artículo 75 incisos 2 y 3 de la Constitución Nacional.Problema que resuelve
Los pactos fiscales de los años noventa garantizaban a las provincias sumas fijas mensuales de coparticipación, con independencia de cuánto recaudara la Nación. Con la recaudación desplomada por la crisis y la salida de la convertibilidad, esas garantías eran impagables y bloqueaban cualquier programa fiscal. El acuerdo las sustituye por un porcentaje de lo efectivamente recaudado y ordena la deuda provincial.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes