Ley 26.005

Artículo 9Presunción de solidaridad si el contrato no fija la responsabilidad

Texto oficial

Para el caso que el de constitución no fijare la proporción en que cada participante se hace responsable de las obligaciones asumidas en nombre del Consorcio, de acuerdo a lo estipulado en el inciso 9) del artículo 7°, se presume la entre sus miembros.

Qué significa en la práctica

Si el no fijó en qué proporción responde cada miembro por las obligaciones asumidas en nombre del consorcio (el inciso 9 del art. 7°), la ley presume la entre todos los miembros. Es decir: a falta de previsión, cada uno puede ser reclamado por el total. Por eso conviene pactar expresamente la proporción de responsabilidad.

Ejemplo práctico

Si el contrato callaba sobre la proporción de responsabilidad y el consorcio contraía una deuda de $100, un proveedor podía reclamarle el total a cualquiera de los miembros, por la presunción de solidaridad del artículo 9°.

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