Resumen ejecutivo
Ley modificatoria de un solo artículo dispositivo. Retoca el Art. 42 — Reforma del Código Aduanero (Ley 25.986) (reforma del Código Aduanero de 2004), que había sustituido el Art. 1126 — Código Aduanero. El artículo 1126 regula el procedimiento de la ejecución judicial de las sentencias condenatorias al pago de tributos y multas aduaneras que menciona el artículo 1125. La nueva redacción precisa que esa ejecución tramita por el procedimiento y las modalidades de la Ley de Procedimiento Tributario (Ley de Procedimiento Tributario) y que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación rige de manera supletoria únicamente en los aspectos no reglados ni contemplados por la Ley de Procedimiento Tributario o por el propio Código Aduanero. El efecto práctico es ordenar la prelación de normas procesales en el cobro judicial de la deuda aduanera: primero la ley tributaria y el Código Aduanero, y solo en lo que estos no prevean, el código procesal común. Fue promulgada de hecho el 5 de mayo de 2005.Objetivo
Precisar que la ejecución judicial de las condenas aduaneras se rige por el procedimiento de la Ley de Procedimiento Tributario, con aplicación supletoria del Código Procesal Civil y Comercial.Problema que resuelve
La redacción del Art. 1126 — Código Aduanero introducida por la Reforma del Código Aduanero (Ley 25.986) dejaba dudas sobre qué régimen procesal regía la ejecución de las condenas aduaneras y en qué medida se aplicaba el código procesal común, lo que generaba incertidumbre en el cobro judicial de la deuda.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes