Ley 26.103

Artículo 3Prórroga del plazo del artículo 3º de la Ley 26.084

Texto oficial

Prorrógase por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir de su vencimiento el plazo al que alude el Art. 3 — Suspensión de remates de vivienda única (2006).

Qué significa en la práctica

Prorroga por 180 días hábiles, a partir de su vencimiento, el plazo previsto en el Art. 3 — Suspensión de remates de vivienda única (2006), vinculado al funcionamiento del sistema de refinanciación hipotecaria.

Normas relacionadas

← Ver en Prórroga del sistema de refinanciación hipotecaria completaLeyes