Ley 26.158

Artículo 19Aplicación supletoria

Texto oficial

En todo lo no previsto en esta ley, serán de aplicación las disposiciones de la Ley de Procedimiento Tributario (t.o. 1998) y sus modificaciones, o las de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (t.o. 1997) y sus modificaciones y en forma supletoria, las de la Ley de Leasing.

Qué significa en la práctica

En todo lo no previsto se aplican la Ley de Procedimiento Tributario de Procedimiento Tributario, la Ley de IVA y, en forma supletoria, la Ley de Leasing de de .

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