CONTINUIDAD DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE El servicio de provisión de Agua Potable debe ser continuo, es decir durante las VEINTICUATRO (24) horas del día, sin interrupciones debidas a deficiencias en los sistemas o inadecuada, garantizando la disponibilidad del recurso. La Concesionaria debe minimizar los cortes en el servicio de abastecimiento de Agua Potable debidos a causas distintas a las previstas en el párrafo anterior, restituyendo la prestación ante interrupciones en el menor tiempo posible. En caso de que una interrupción en el servicio de provisión de Agua Potable se extendiera por más de DIECIOCHO (18) horas continuas, la Concesionaria deberá proveer un servicio de abastecimiento de emergencia a los Usuarios afectados.
Qué significa en la práctica
El servicio de agua potable debe ser continuo las 24 horas; si una interrupción se extiende más de 18 horas continuas, la Concesionaria debe proveer un abastecimiento de emergencia.