Artículo 4Exención de Ganancias y Bienes Personales — OBSERVADO (Dto 1142/2009), nunca rigió
Texto oficial
Exímese del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales a los productores de las zonas afectadas por la sequía en la provincia de Río Negro, durante el plazo que dure el estado de desastre y sus efectos.
Qué significa en la práctica
El texto sancionado eximía del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales a los productores afectados mientras durara el estado de desastre. Observado íntegramente por el Decreto 1142/2009; nunca rigió.