Artículo 5Facultad de ampliar zonas y recursos — OBSERVADO (Dto 1142/2009), nunca rigió
Texto oficial
Facúltase el Poder Ejecutivo nacional a ampliar las zonas geográficas y los recursos previstos en la presente ley, en caso de extenderse la situación de desastre a otros Departamentos de la provincia de Río Negro.
Qué significa en la práctica
El texto sancionado facultaba al Poder Ejecutivo nacional a ampliar las zonas geográficas y los recursos si el desastre se extendía a otros departamentos de Río Negro. Observado íntegramente por el Decreto 1142/2009; no rige.