La persona internada involuntariamente o su representante legal, tiene derecho a designar un abogado. Si no lo hiciera, el Estado debe proporcionarle uno desde el momento de la internación. El defensor podrá oponerse a la internación y solicitar la externación en cualquier momento. El juzgado deberá permitir al defensor el control de las actuaciones en todo momento.
Qué significa en la práctica
El internado involuntariamente tiene derecho a un abogado desde el primer momento. Si no puede o no sabe designar uno, el Estado (Defensoría Pública) se lo asigna. El abogado puede pedir la externación en cualquier momento.
Ejemplo práctico
Un paciente internado involuntariamente que llama al Órgano de Revisión tiene derecho a recibir un defensor ese mismo día
Efectos prácticos
•El Ministerio Público de la Defensa debe intervenir en todas las internaciones involuntarias
•El abogado defensor no puede ser obstaculizado por la institución