Los servicios y efectores de salud públicos y privados, cualquiera sea la forma jurídica que tengan, deben adecuarse a los principios establecidos en la presente ley.
Qué significa en la práctica
Tanto los hospitales públicos como las clínicas privadas, obras sociales, prepagas y cualquier otro prestador de salud deben cumplir esta ley.
Ejemplo práctico
Una prepaga no puede negar cobertura de salud mental alegando que su contrato no la incluye; la ley es de orden público
Efectos prácticos
•Las clínicas privadas de salud mental no pueden operar con estándares inferiores a los establecidos
•Las obras sociales y prepagas deben cubrir salud mental conforme a la ley