Ley 26.657

Artículo 8Equipo interdisciplinario

Texto oficial

Debe promoverse que la atención en salud mental esté a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados con la debida acreditación de la autoridad competente. Se incluyen las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes.

Qué significa en la práctica

La atención en salud mental debe ser interdisciplinaria: psicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales, enfermeros, terapistas ocupacionales. Ninguna disciplina tiene primacía automática.

Ejemplo práctico

Un equipo compuesto solo por psiquiatras sin psicólogos no cumple con el modelo interdisciplinario de la ley

Efectos prácticos

  • Los psicólogos están en igualdad con los psiquiatras para integrar equipos y conducir tratamientos
  • El trabajo social es parte constitutiva del equipo, no un servicio auxiliar
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