Lo dispuesto en el artículo anterior tendrá efectos a partir del período fiscal 2011, inclusive.
Qué significa en la práctica
Fija desde cuándo rigen los montos del artículo anterior: tienen efectos a partir del período fiscal 2011, inclusive. Junto con el artículo 1° —que cubre 2010— la ley deja resueltos dos períodos fiscales consecutivos.