Ley 26.784

Artículo 15Obligaciones del Mercado Eléctrico Mayorista

Texto oficial

El Estado nacional toma a su cargo las obligaciones generadas en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por aplicación de la resolución 406 de fecha 8 de setiembre de 2003 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, correspondientes a las acreencias de Nucleoeléctrica Argentina (NASA), de la Entidad Binacional Yacyretá, de las regalías a las provincias de Corrientes y Misiones por la generación de la Entidad Binacional Yacyretá y a los excedentes generados por el Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande, estos últimos en el marco de las leyes 24.954 y 25.671, por las transacciones económicas realizadas hasta el 31 de diciembre de 2013. Las obligaciones mencionadas en el párrafo anterior, serán atendidas mediante aplicaciones financieras e incluidas en el Art. 2 — Ley 25.152.

Qué significa en la práctica

El Estado nacional toma a su cargo, mediante aplicaciones financieras, obligaciones del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) correspondientes a Nucleoeléctrica Argentina, la Entidad Binacional Yacyretá, las regalías a Corrientes y Misiones y los excedentes de Salto Grande, por transacciones hasta el 31 de diciembre de 2013.

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