Ley 27.192

Artículo 21Incorporación del personal del RENAR

Texto oficial

— Incorporación del personal. Incorpórese a la planta de personal de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, en el marco de la Ley Marco de Empleo Publico, a quienes, a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, cumpliesen funciones en el Registro Nacional de Armas y hubiesen sido contratados en el marco de las leyes 23.283 y 25.164. A dicho personal se le respetarán los beneficios y condiciones laborales actuales.

Qué significa en la práctica

Incorpora a la planta permanente (en el marco de la Ley Marco de Empleo Publico) al personal que a la entrada en vigencia de la ley cumplía funciones en el Registro Nacional de Armas y había sido contratado bajo las leyes 23.283 y 25.164, respetándole los beneficios y condiciones laborales que tenía.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.192 completaLeyes