Texto oficial
Recursos operativos. Los recursos
operativos de la Agencia Nacional de Materiales Controlados serán los
siguientes:
1. Las partidas presupuestarias asignadas por la ley de presupuesto o
leyes especiales.
2. Las partidas presupuestarias con afectación específica asignadas por
la ley de presupuesto derivadas de las tasas, aranceles,
contribuciones, multas y otros servicios administrativos provenientes
de su actuación.
3. Las donaciones, contribuciones, subsidios, aportes no rembolsables y
legados que reciba y acepte, en dinero o en especie, proveniente de
entidades oficiales o privadas, locales o extranjeras con excepción de
aquellas que por su actividad y/o naturaleza estuvieren bajo el control
de la ANMAC o pudieran estarlo en el futuro, las que no podrán ser
aceptadas.
4. Todo otro ingreso no previsto en los incisos anteriores, compatible
con la naturaleza y finalidades del organismo.
(Nota Infoleg: Artículo 9° derogado por art. 10 del Decreto N° 445/2025 B.O. 1/7/2025, a partir de la entrada en vigencia de la
estructura organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL en el que
se incluya la unidad REGISTRO NACIONAL DE ARMAS a que refiere el
artículo 6° del decreto de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)