Artículo 4Plazo del beneficio: primeros cuatro años
Texto oficial
Los productores
vitivinícolas serán beneficiarios de esta ley durante los primeros
cuatro (4) años de promulgada y reglamentada la misma. A partir del
quinto (5°) año, los productores deberán continuar realizando las
medidas de control de la plaga.
Qué significa en la práctica
Los productores vitivinícolas son beneficiarios de la ley durante los primeros cuatro años desde su promulgación y reglamentación. A partir del quinto año deben continuar por su cuenta con las medidas de control de la plaga.