Ley 27.275

Artículo 4Legitimación activa

Texto oficial

Toda o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar y recibir información pública, no pudiendo exigirse al solicitante que motive la solicitud, que acredite derecho subjetivo o interés legítimo o que cuente con patrocinio letrado.

Qué significa en la práctica

CUALQUIER persona puede pedir información pública. No hay que explicar para qué, demostrar que uno es el afectado ni tener abogado. Es un derecho universal y sin restricciones subjetivas.

Ejemplo práctico

Un estudiante puede pedir los contratos de una empresa pública sin dar ninguna explicación

Efectos prácticos

  • Un extranjero puede pedir información al Estado argentino
  • No se puede preguntar "¿para qué quiere la información?"
  • No se necesita DNI ni abogado para hacer la solicitud
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