Ley 27.275

Artículo 9Solicitud de información

Texto oficial

La solicitud de información debe ser presentada ante el sujeto obligado que la posea o se presuma que la posee. Se podrá realizar por escrito o por medios electrónicos y sin ninguna formalidad a excepción de la identidad del solicitante, la identificación clara de la información que se solicita y los datos de contacto del solicitante. El sujeto que recibiere la solicitud entregará o remitirá al solicitante una constancia del trámite.

Qué significa en la práctica

La solicitud se puede hacer por escrito o email, con mínimos requisitos: nombre/identificación del solicitante, descripción de la info pedida y datos de contacto. Nada más. El organismo debe dar constancia del trámite.

Ejemplo práctico

Un pedido de información puede ser tan simple como: "Soy [nombre], solicito los contratos del área X firmados en 2024. Responder a este email."

Efectos prácticos

  • Un email simple con nombre, qué se pide y cómo contactar es suficiente
  • El organismo debe acusar recibo del pedido
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