Ley 27.307

Artículo 2Transformación de un tribunal oral en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7

Texto oficial

Transfórmase un (1) Tribunal Oral en lo Criminal de la Capital Federal, cuya individualización será realizada por el Consejo de la Magistratura por mayoría simple de sus miembros, en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Capital Federal N° 7.

Qué significa en la práctica

Un Tribunal Oral en lo Criminal de la Capital Federal —el que indique el Consejo de la Magistratura por mayoría simple— se transforma en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Capital Federal N° 7. No se crea un tribunal nuevo con más presupuesto: se convierte uno existente del ordinario al federal.

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