Ley 27.430

Artículo 89Incorporación al art. 4° de IVA

Texto oficial

Incorpórase como inciso i) del artículo 4° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, t.o. 1997 y sus modificaciones, el siguiente: “i) sean prestatarios en los casos previstos en el inciso e) del artículo 1°.”

Qué significa en la práctica

Incorpora el inciso i) al Art. 4° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (sujetos).

Normas relacionadas

← Ver en Reforma Tributaria 2017 completaLeyes