Ley 27.444

Artículo 108Sustitúyese el primer párrafo del artículo 98 de la ley 17.319

Texto oficial

Sustitúyese el primer párrafo del Art. 98 — Ley de Hidrocarburos, por el siguiente: Es facultad del Poder Ejecutivo nacional decidir sobre las siguientes materias en el ámbito de su .

Qué significa en la práctica

Sustitúyese el primer párrafo del Art. 98 — Ley de Hidrocarburos, por el siguiente. En detalle: Es facultad del Poder Ejecutivo nacional decidir sobre las siguientes materias en el ámbito de su .

Efectos prácticos

  • Sustitúyese el primer párrafo del artículo 98 de la ley 17.319, por el siguiente:

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.444 completaLeyes