Artículo 19Sustitúyese el artículo 34 de la Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificator…
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 34 — Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias, por el siguiente:
Artículo 34: Prohibición. Queda prohibida la actuación societaria del socio aparente o presta nombre y la del socio oculto.
Qué significa en la práctica
Sustitúyese el Art. 34 — Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias, por el siguiente. En detalle: Art. 34: Prohibición. Queda prohibida la actuación societaria del socio aparente o presta nombre y la del socio oculto.
Efectos prácticos
•Sustitúyese el artículo 34 de la Ley General de Sociedades 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias, por el siguiente: