Artículo 1Prórroga de la emergencia de la cadena de peras y manzanas
Texto oficial
Prorrógase por el término de trescientos sesenta y cinco
(365) días la emergencia económica, productiva, financiera y social a
la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del
Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, declarada por la Ley 27.354 y sus modificatorias, a partir del vencimiento previsto en el
decreto N° 517 del 11 de junio de 2018.
Qué significa en la práctica
Prorroga por 365 días la emergencia económica, productiva, financiera y social de la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, declarada por la Ley 27.354 y sus modificatorias. La prórroga corre a partir del vencimiento previsto en el decreto 517 del 11 de junio de 2018.