Ley 27.547

Artículo 6Uso del emblema de la cruz roja

Texto oficial

Cruz Roja Argentina usa como emblema una cruz roja en fondo blanco, formado por dos líneas, una horizontal y una vertical, que se cortan en el centro y no tocan los bordes de la bandera o escudo y la denominación Cruz Roja Argentina, tal como se encuentra inserto en el anexo que acompaña la presente ley. Está autorizada a hacer uso de su emblema distintivo para todos los propósitos previstos bajo los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales y las Resoluciones adoptadas por la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja, incluyendo las Regulaciones de 1991 sobre el Uso del Emblema por las Sociedades Nacionales y las normas nacionales aplicables. El uso del emblema con el propósito de indicar que una persona o un bien tiene un vínculo con dicha institución queda amparado en los términos de la Ley de Marcas. En todos los casos, Cruz Roja Argentina deberá actuar de conformidad con el “Reglamento sobre el uso del Emblema de la Cruz Roja o Media Luna Roja por las Sociedades Nacionales”, adoptado por la XX Conferencia Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja.

Qué significa en la práctica

Establece que Cruz Roja Argentina usa como emblema la cruz roja sobre fondo blanco junto a su denominación, según el anexo de la ley. Está autorizada a emplearlo para los fines previstos en los Convenios de Ginebra. El uso del emblema para indicar el vínculo con la institución queda amparado por la Ley de Marcas de Marcas, y debe ajustarse al Reglamento internacional sobre el uso del Emblema por las Sociedades Nacionales.

Normas relacionadas

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