Ley 27.555

Artículo 7Voluntariedad

Texto oficial

Voluntariedad. El traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de , salvo casos de debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito.

Qué significa en la práctica

Pasar de trabajar presencial a debe ser voluntario y por escrito (salvo ). El empleador no puede imponerlo.
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