Texto oficial
Exímese del pago de derechos de importación y de todo
otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o
portuario, de cualquier naturaleza u origen, incluido el impuesto al
valor agregado, así como también de la constitución de depósito previo,
a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud, por
cuenta y orden del Ministerio de Salud, por el Fondo Rotatorio de OPS o
con destino exclusivo al Ministerio de Salud, que tengan como objeto
asegurar las coberturas de vacunas para generar inmunidad adquirida
contra la COVID-19.
Idéntico tratamiento recibirán las vacunas que eventualmente puedan
adquirir las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Qué significa en la práctica
Libera del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, incluido el IVA, y del depósito previo, a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud, por su cuenta y orden, por el Fondo Rotatorio de la Organización Panamericana de la Salud o con destino exclusivo a ese ministerio. El mismo beneficio se aplica a las vacunas que compren las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.