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Ley 27.591

VigenteNacional

Presupuesto General de la Administración Nacional 2021

Sanción:17 de noviembre de 2020BO:14 de diciembre de 2020Ver fuente oficial
134artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es la ley que autorizó al Estado nacional a gastar durante 2021. Fija los gastos en $ 8.394.994.825.050, estima los recursos en $ 6.941.308.945.531 y, como consecuencia, reconoce un déficit financiero de $ 1.453.685.879.519 que se cubre con endeudamiento. Además de los números, contiene reglas de fondo: fija el crédito de las universidades nacionales en $ 225.150.294.595 (art. 12), autoriza a emitir Letras del Tesoro por hasta VN $ 1.500.000.000.000 (art. 43), congela la cobertura de vacantes sin permiso del Jefe de Gabinete (art. 7°), restablece el Fondo Nacional de Incentivo Docente (art. 13), suspende artículos clave del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal (arts. 20 y 21), fija cupos fiscales para energías renovables, biotecnología y economía del conocimiento, y modifica de forma permanente otras leyes (11.672, 23.982, 27.078, 27.346, 27.428, 27.541, entre otras). El Poder Ejecutivo la promulgó parcialmente por el Ley 990/2020: observó los artículos 28, 112, 113, 114, 115, 123 y 126 completos y el último párrafo del Art. 49 — Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que sustituía su artículo 65. Por eso el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de MiPyMES Tecnológicas (PyME-Tech) de los artículos 112 a 115 nunca llegó a existir. El ejercicio 2021 está cerrado, pero la ley no agotó su efecto: por el Decreto 882/2021 sus disposiciones se prorrogaron para el ejercicio 2022 en los términos del Art. 27 — Administración Financiera, y durante ese año fue modificada por los Decretos 88/2022 y 829/2022. Los artículos 63, 64, 70, 83, 90, 91 y 98 se incorporaron a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Complementaria Permanente de Presupuesto (art. 130), por lo que siguen rigiendo sin plazo.

Objetivo

Autorizar los gastos, estimar los recursos y habilitar el endeudamiento del Estado nacional para el ejercicio fiscal 2021.

Problema que resuelve

La Constitución Nacional (art. 75 inc. 8) exige que el Congreso fije anualmente el presupuesto de gastos y recursos de la Nación. Sin esa ley el Poder Ejecutivo no tiene autorización para comprometer fondos públicos, tomar deuda ni otorgar beneficios fiscales: el presupuesto es el permiso anual que el Congreso le da para gastar y la principal herramienta de control del Congreso sobre la administración.

A quiénes alcanza

jurisdicciones y entidades de la Administración NacionalJefe de Gabinete de Ministrosuniversidades nacionalesprovincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Airesbeneficiarios de cupos fiscales y regímenes promocionalesjubilados y pensionados con sentencias previsionalescontribuyentes alcanzados por las exenciones y tasas que fija la ley
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional no pueden cubrir cargos vacantes sin autorización previa del Jefe de Gabinete de Ministros (art. 7°).
  • Las universidades nacionales deben presentar a la Secretaría de Políticas Universitarias la información para asignar, ejecutar y evaluar los recursos que reciben; si no la envían en tiempo y forma, el Ministerio de Educación puede interrumpir las transferencias (art. 12).
  • El Jefe de Gabinete de Ministros debe presentar informes trimestrales a ambas Cámaras del Congreso sobre el flujo y uso de cada uno de los fondos fiduciarios estatales (art. 55).
  • El uso de la autorización de endeudamiento debe informarse trimestralmente, de manera fehaciente y detallada, a ambas Cámaras del Congreso (art. 42).
  • No se pueden aprobar incrementos de cargos y horas cátedra que excedan los totales fijados en la planilla anexa al artículo 6°.
  • Los organismos que pagan deudas previsionales de las fuerzas armadas y de seguridad deben respetar un orden de prelación estricto: primero las sentencias de años anteriores pendientes, dando prioridad a los beneficiarios de mayor edad (art. 39).

Derechos que reconoce

  • Los beneficiarios de pensiones graciables de la Ley 13.337 y de la Ley 26.546 que caduquen durante el ejercicio tienen derecho a su prórroga por diez años, y a que no se les suspenda el pago sin previa o intimación para cumplir los requisitos formales (art. 41).
  • Los jubilados y pensionados con sentencias previsionales firmes tienen derecho a cobrar con cargo a las partidas que la ley destina a ese fin, respetando el orden de prelación legal (arts. 36 a 39).
  • Las provincias que no transfirieron sus cajas previsionales al Estado nacional tienen derecho a recibir mensualmente de la ANSES un anticipo a cuenta del déficit de su sistema previsional (art. 56).
  • Los usuarios del servicio eléctrico se benefician del régimen de regularización de deudas de las distribuidoras con CAMMESA, que debe considerar la situación social de los usuarios y trasladarse a las cooperativas distribuidoras (art. 87).

Casos de uso

  • Verificar cuánto dinero autorizó el Congreso para las universidades nacionales, los o el Fondo Nacional de Incentivo Docente en 2021.
  • Saber si un artículo del presupuesto 2021 rige o fue vetado: el Ley 990/2020 observó los artículos 28, 112, 113, 114, 115, 123 y 126.
  • Rastrear qué leyes permanentes modificó el presupuesto 2021 (por ejemplo la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, la Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación) de consolidación de deudas o el impuesto a las apuestas online de la Ley 27.346).
  • Consultar el cupo fiscal disponible en 2021 para energías renovables, biotecnología, generación distribuida o economía del conocimiento antes de solicitar un beneficio promocional.
  • Entender por qué durante 2022 seguía rigiendo el presupuesto 2021: fue prorrogado por el Decreto 882/2021.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° fija los gastos corrientes y de capital en $ 8.394.994.825.050 y el artículo 2° estima los recursos en $ 6.941.308.945.531. Por el artículo 4°, el resultado financiero deficitario queda estimado en $ 1.453.685.879.519, que se cubre con las fuentes de financiamiento detalladas en las planillas anexas (principalmente endeudamiento público).