Ley 27.621

Artículo 18Cargos ad honorem

Texto oficial

Las personas miembros de la Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental Integral (CENEAI) y de su Consejo Consultivo desempeñarán sus cargos ad honorem o como parte de sus competencias ministeriales, legislativas u organizacionales, por lo que no podrán percibir retribución ni contraprestación alguna por integrar dichos órganos.

Qué significa en la práctica

Los miembros de la CENEAI y de su Consejo Consultivo desempeñan sus cargos ad honorem o como parte de sus competencias ministeriales, legislativas u organizacionales, sin percibir retribución ni contraprestación alguna por integrar dichos órganos.

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