ARTÍCULO 10.- Prohibiciones. Queda prohibida toda publicidad, promoción y/o patrocinio de alimentos envasados y bebidas analcohólicas que deban incluir los sellos de advertencia cuando estén dirigidas a menores de dieciséis (16) años en programas, publicaciones, sitios web o cualquier otro tipo de espacio de comunicación cuya audiencia esté conformada en más de un treinta y cinco por ciento (35%) por personas menores de dieciséis (16) años.
Qué significa en la práctica
Los productos con sellos no se pueden anunciar en medios donde más del 35% de la audiencia sean menores de 16 años. Esto incluye programas de TV infantiles, canales de YouTube para chicos, apps educativas y redes sociales con audiencia joven.
Ejemplo práctico
Un programa de TV infantil que proyecta en el horario 14-18hs con audiencia 80% menor de 16 años no puede emitir publicidad de gaseosas con sello.
Efectos prácticos
•Los anunciantes deben verificar los datos demográficos de audiencia de los medios donde publicitan.
•Las plataformas digitales deberán desactivar la segmentación publicitaria de estos productos hacia perfiles menores de 16 años.
•Los influencers con audiencia mayor al 35% de menores no pueden promocionar productos con sellos.
•ANMAT tiene facultades para fiscalizar y sancionar publicidad no permitida.